Cuando tomamos la decisión de vender un inmueble, debemos de ser conscientes, que el importe que ingresemos de su venta, no será íntegramente para nosotros. A éste deberemos restarle los impuestos que gravan la transacción.

En Cataluña estos son los impuestos que tienes que afrontar si vendes un inmueble.

  • El Impuesto de la Renta sobre las Personas Físicas (IRPF): en el momento en que se vende una propiedad, se obtiene lo que se llama una ganancia patrimonial (es decir, si la diferencia entre el valor de venta o valor de transmisión y el valor de adquisición es positivo) y es obligatorio reflejarlo en nuestra declaración de la renta tributando de la siguiente forma:
  • Al 19% si es una ganancia menor o igual a 6.000€
  • Al 21% si es una ganancia entre 6.001€ y 50.000€
  • Al 23% si es una ganancia entre 50.000€ y 200.000€.
  • Al 26% si es una ganancia superior a 200.000€.
  • Estos porcentajes se aplicarán de forma progresiva, es decir, habrá que aplicar el 19% a los 6.000 euros de ganancia, desde los 6.000 a los 50.000 euros de ganancia, a ese tramo en concreto, el 21%, y así sucesivamente.
  • Este impuesto también dispone de algunas desgravaciones, como la reinversión de la ganancia patrimonial en una primera residencia. Desde Inmogat podemos hacerte un estudio personalizado de cómo afectara la venta de tu inmueble a vuestra declaración del IRPF.
  • El Impuesto sobre el Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana o lo que también se conoce como plusvalía municipal: este impuesto grava la diferencia de precio que ha sufrido el terreno donde esté localizado el inmueble durante los años en que se ha sido propietario.
  • El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI): este impuesto anual corresponde pagarlo al propietario con fecha 1 de enero del año en curso, normalmente corresponde al vendedor, pero en algunos casos se puede pactar el pago entre el comprador y el vendedor, en cuyo caso, cada uno pagaría la parte proporcional de los meses en los que ha sido propietario del inmueble.

Además de estos impuestos deberemos añadir gastos, que expertos cuantifican que los gastos al comprar un piso ascienden a un 10 o un 12 por ciento del valor total del inmueble y en su mayor parte son asumidos por el comprador. Son los siguientes:

  • Notaría: Los gastos de los aranceles notariales irán determinados por el valor de la vivienda, pero oscilan entre el 0,25 y el 0,50 por ciento del valor total del inmueble. Este gasto es asumido por el comprador.
  • Registro de la propiedad: El comprador de la vivienda es quien debe pagar el trámite de registrar el inmueble y su coste está entre los 450 y los 600 euros.
  • Gestoría: Solo será necesario contratar los servicios de una gestoría si se solicita una hipoteca. Al tratarse de profesionales no regulados el importe final varía, pero puede situarse entre los 200 y los 350 euros. Este gasto también lo asume el comprador.

En Inmogat llevamos más de 25 años asesorando en la compraventa de inmuebles, sabemos que es con diferencia la compra más importante a realizar en la vida de las personas, así que nos tomamos muy en serio nuestro trabajo.

Al igual que si tuvieras que someterte a una operación quisieras que fuera el mejor de los cirujanos quien la realizara, para comprar o vender un inmueble los mejor es que te pongas en las mejores manos. Nuestra empresa goza de una dilatada solvencia, confía en nosotros.